¿Quién paga la formación del trabajador?

La formación del trabajador es esencial tanto para los empleados como para las empresas, porque es la mejor forma de que estos se mantengan al día en cuanto a las habilidades, conocimientos y competencias que necesitan para desarrollar su labor profesional. Lo cual contribuye a que la empresa sea más productiva y gane ventaja competitiva. Sin embargo, toda formación tiene un coste, ¿quién lo asume en estos casos?

La formación del trabajador, ¿es una opción voluntaria o una obligación para la empresa?

Depende mucho del sector en el que nos encontremos. En la mayoría de los casos el empleador tiene la opción de brindar formación a sus empleados, pero hay supuestos en los que el convenio colectivo de aplicación crea la obligación para el empresario de reciclar los conocimientos de su plantilla, estableciendo incluso la periodicidad con la que deben ofrecerse los cursos de formación y la duración mínima de los mismos.

En cuanto al trabajador, no existe para él la obligación de acceder a la formación, salvo en el caso de la relacionada con la prevención de riesgos laborales, tal y como establece el Estatuto de los Trabajadores. Esta obligatoriedad deriva de lo absolutamente necesario que es que los empleados estén al tanto de los riegos que implica su trabajo y cómo deben actuar para poder evitarlos

Aunque pueden negarse a recibir cursos de otro tipo, son pocos los empleados que se oponen a recibir formación, porque son conocedores de todas las ventajas que esta puede tener para ellos.

Además, todos los trabajadores cotizan a la Seguridad Social por Formación Profesional, y lo más lógico es que gasten su cuota cada año, puesto que esta no es acumulable de un ejercicio a otro.

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La formación bonificada

A fin de garantizar el derecho a la formación del trabajador, en nuestro país existe la formación bonificada, que se financia a través de las aportaciones que las empresas y los empleados hacen a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional. Esas cantidades acaban generando un crédito que la empresa puede gastar de forma anual para formar a sus empleados.

Si el curso es 100% bonificable y la empresa tiene crédito suficiente para cubrirlo, podrá formar a sus trabajadores de manera gratuita. Si el curso no es totalmente bonificable, o no dispone de crédito suficiente para cubrirlo, la empresa tendrá que abonar el resto del importe que no queda cubierto con su crédito para formación. En ningún caso el trabajador debe pagar nada para recibir este tipo de cursos.

Requisitos para acceder a la formación bonificada

Los requisitos de acceso pueden variar según el curso concreto de que se trate, pero hay una serie de condiciones que siempre deben cumplirse. El más importante de ellos es que la formación ofrecida guarde relación con la actividad de la empresa y de los profesionales que van a participar en ella.

Por ejemplo, tiene sentido que un hotel ofrezca formación en idiomas a sus empleados de atención al cliente, pero no lo tendría  que ese mismo hotel quisiera formar en manipulación de alimentos a los empleados que trabajan en el departamento administrativo.

El empleador es libre de decidir si contrata los cursos ofrecidos con una empresa o profesional externo, o si los organiza él misma.

Para que el empleador reciba la bonificación por los cursos, es necesario que:

  • Informe a los representantes legales de los trabajadores de los cursos a impartir.
  • Inscriba a la empresa en la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
  • Comunique a dicha Fundación el inicio del curso y la relación de los participantes.
  • Realice la formación completa.
  • Comunique a la Fundación la finalización del curso.
  • Entregue la documentación necesaria para acreditar que ha cumplido los requisitos anteriores.
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¿Cómo se hace el pago de la formación bonificada?

En un primer momento la empresa asume el coste del curso que va a impartir a sus empleados. Una vez que acredite que ha finalizado el curso y se han cumplido todos los requisitos necesarios, podrán aplicarse las bonificaciones a partir del mes de finalización.

El empleador no recibe directamente la devolución del dinero, sino que de su crédito para formación se le van bonificando los seguros sociales que debe pagar por sus empleados.

Formación del trabajador en versión subvencionada

La formación subvencionada es diferente de la bonificada. En este caso se trata de cursos gratuitos ofrecidos a personas en activo, autónomos y desempleados, por parte de entidades públicas u organizaciones sindicales o empresariales.

La financiación de estos cursos es totalmente pública y el trabajador puede hacer esta formación por su cuenta, sin necesidad de informar de ello a su empresa.

Solo un 30% de las empresas privadas hacen uso de su crédito para formación bonificada, así que son muchos los empleados que recurren a la formación subvencionada para mantener al día sus capacidades profesionales.

La formación del trabajador es esencial para que este pueda seguir desempeñando sus tareas con la máxima eficiencia, algo que beneficia directamente a las empresas, así que es un tema especialmente importante. ¿Quieres cuidar a tus empleados como se merecen a todos los niveles? Podemos ayudarte a encontrar el mejor seguro para tu negocio.

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