El concepto de administrador empresarial implica una responsabilidad, pero muchas veces se desconocen los límites. ¿Puede un administrador perder su piso por no pagar proveedores? Esta entrada te lo explica.
La responsabilidad civil en los administradores
Los administradores empresariales pueden o no coincidir con los propietarios de la empresa. Hay que señalar que, cuanto más grande es la compañía, más habitual es que la administración se disocie de la propiedad.
Por ejemplo, un autónomo asume la responsabilidad de la administración de su negocio, por lo general. En cambio, en las sociedades mercantiles anónimas (SA), es muy poco común que los accionistas mayoritarios sean administradores. No en vano, el capital está distribuido, en ocasiones, entre millares de accionistas. Y lo más usual es que, para la gestión de la empresa, se busquen administradores especializados. Por ese motivo, dirimir cuál es la responsabilidad del administrador se convierte en una cuestión clave.
Lo lógico, pues, cuando diferencias propiedad y administración, es que se sepa cuál es la responsabilidad civil del administrador. Y hay que decir que, en estos casos, esta dependerá de los incumplimientos que se generen:
Acciones u omisiones fortuitas
La Ley de Sociedades de Capital establece que, con carácter general, la sociedad responde ante los perjuicios generados ante terceros. Si esto sucede por una acción u omisión fortuita del administrador, este no tendría responsabilidad patrimonial. Ahora bien, el administrador tendrá que demostrar que hizo todo lo posible para no llegar a esa situación.
Esto significa, en la práctica, que puede haber una transferencia de responsabilidad de la sociedad al administrador. No es que la sociedad no tenga que responder, pero en algunos casos sí le puede imputar al responsable estas obligaciones. Lo que sucede es que los supuestos son, en muchas ocasiones, complicados de demostrar.
Hay que señalar que no es lo mismo una acción u omisión fortuita que una negligencia. En el primer caso, no existen datos suficientes para determinar, a priori, que el administrador iba a obrar de forma desacertada. Por contra, cuando hay una negligencia, esto significa que el responsable no había cumplido con las pautas requeridas.
Acciones u omisiones punibles
Las acciones u omisiones punibles están contempladas en el artículo 236 de la LSC. Y, en este caso, sí que se puede afirmar que los administradores de las empresas serían responsables civilmente. Lo pueden ser ante los socios, pero también ante los acreedores. Para que se dé este supuesto, ha de concurrir alguna de estas circunstancias:
- Actos u omisiones contrarios a la ley o a los Estatutos de la sociedad. En este caso, se entiende que, al tener una ejecutoria contraria a las normas, el administrador incurre en una responsabilidad civil. Además, has de saber que esta circunstancia no está exenta de que, posteriormente, se pidan responsabilidades penales.
- Incumplir los deberes del cargo, si interviene dolo o culpa. Esto es, que la incompetencia, si no es voluntaria, no implicaría una responsabilidad patrimonial. En cierta manera, esto se asemejaría al delito penal de prevaricación, en tanto en cuanto debería existir, bien una intención de actuar mal, bien una imprudencia.
Cuando un administrador es responsable en estos casos, lo es de forma ilimitada. Y esto implicará, pues, que tenga que responder con su patrimonio si no puede pagar de otra manera.
¿El administrador puede perder su piso por no pagar a proveedores?
La respuesta a la pregunta es que un administrador podría perder su piso por no pagar proveedores, pero solo en determinados casos. En consecuencia, si se trata de deudas de gran volumen, sí que tendría que dar una respuesta que llegaría a su patrimonio.
En primer lugar, se tendría que dar una situación de impago a los acreedores que se pudiese imputar al administrador. Y conviene señalar que, en este contexto, una crisis económica o una situación coyuntural difícilmente es imputable al administrador. Por esa razón, la mayoría de las veces los administradores no asumen la responsabilidad ante los acreedores. Si se ha actuado de forma diligente y en tiempo y forma, no suelen tener problemas.
La segunda cuestión, no menos importante, es que ha de haber un acto irregular, ilegal o un dolo o culpa. Es decir, si no concurre ninguna de estas circunstancias, no se podría reclamar responsabilidad patrimonial al administrador. Esto hace que concurran una serie de cuestiones que son difíciles que concurran.
Por lo tanto, si bien es cierto que un administrador puede perder su piso, tendrían que darse otras circunstancias. Esto se cumplirá, eso sí, cuando la propiedad y la administración no coincidan.
Esta situación, para la mayoría de las empresas, es especialmente problemática. Por esta razón, hay que buscar algún tipo de cobertura legal ante estas eventualidades. Esa precaución, a largo plazo, será de agradecer.
Conclusión
El administrador puede perder su piso por no pagar proveedores, sí, pero se tienen que dar una serie de circunstancias. Por lo tanto, lo conveniente es contar con un Seguro de Responsabilidad Civil (SRC) para directivos que cubra estas eventualidades. ¡Ponte en contacto con nosotros para conocer las opciones que tenemos para ti!