¿Puedo ser autónomo y trabajar en otra empresa al mismo tiempo?

La posibilidad de ser autónomo y trabajar en otra empresa existe, bajo determinadas condiciones. ¿Quieres saber más? En este artículo te damos más detalles.

¿En qué casos puedo ser autónomo y trabajar en otra empresa?

El primer punto que hay que señalar es que existe el régimen de pluriactividad. ¿Qué significa esto? Que es posible dedicarse a varias actividades profesionales, y que estas pueden ser por cuenta propia o ajena. Salvo que exista alguna incompatibilidad legal (como sucede con los funcionarios), este es un derecho general.

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Por otra parte, hay que señalar que la pluriactividad es una circunstancia más común de lo que pueda parecer. Muchas veces, hay un periodo de transición por parte de profesionales que quieren dar el salto desde el trabajo por cuenta ajena hacia el emprendimiento, o viceversa. Por esta razón, y siempre que los ingresos sean de una cierta cuantía, no ha de extrañar que nos encontremos con esta modalidad. Además, la propia legislación está promoviendo esta oportunidad de forma temporal. 

No obstante, hay algunos casos y condiciones que se tienen cumplir para compatibilizar ambas cuestiones. La Ley de Emprendedores de 2013 es el texto normativo de referencia. Las más importantes son las siguientes:

Importe de la cuota del RETA

El importe de la cuota del RETA se aplicará de forma proporcional al tiempo que se emplee en cada actividad. Hay que recordar que, en este caso, se cotizará por el régimen de cotización general y por el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) simultáneamente. Como norma general, se puede reducir la base de cotización a un 50 %, pero con excepciones.

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Por ejemplo, las personas que se incorporen al RETA durante los primeros 3 años pueden acceder a dos rebajas. Durante los primeros 18 meses, podrán aplicar una reducción del 50 % en su cuota, que será del 75 % durante los 18 meses siguientes. Conviene señalar que este modelo está limitado en el tiempo y que excluye la tarifa plana. Existe también el caso del autónomo contratado por tiempo parcial más del 50 % de las horas laborables, que podrá aplicar bonificaciones en el RETA del 75 % los primeros 18 meses y del 85 % los siguientes. 

En consecuencia, podemos señalar que la pluriactividad está concebida como un régimen provisional. No en vano, cuando pasan los 3 primeros años, se eliminan las bonificaciones y esto «obliga» a decantarse por un modelo u otro. Por lo tanto, esta es una especie de pasarela para pasar de un régimen a otro. 

Pago de tributos

El pago de los tributos tiene, también, algunos matices que conviene tener en cuenta. No en vano, un autónomo tiene que pagar también el IVA.

La idea es la siguiente. En lo referente al trabajo por cuenta ajena, se aplicarán las correspondientes retenciones de IRPF. Cuando se trate de justificar los ingresos por cuenta propia, además del IRPF, habrá que hacer la liquidación trimestral del IVA. Si bien esto implica una complejidad mayor, no es en absoluto imposible. Lo que sí deberás hacer es prestar atención con tus declaraciones de impuestos y renta, porque es relativamente fácil olvidarse de alguno de los tributos o cuotas, con el consecuente riesgo de sanciones.

El concepto, pues, es que puedas pagar ambos tributos imputables a la actividad que realices. Y lo cierto es que, en los últimos años, esta cuestión se ha extendido en varios ámbitos.

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Preguntas y respuestas sobre ser autónomo y trabajar en otra empresa (FAQS)

Es posible que algunas personas que vayan a estar en esta situación se hagan otro tipo de preguntas. No en vano, este es un régimen que muchos desconocen. Aquí indicamos cuáles son las respuestas más recurrentes:

¿Es posible mantener la pluriactividad de forma indefinida?

, técnicamente es posible mantener la pluriactividad de forma indefinida. El problema de esta circunstancia es que puede ser problemática a largo plazo, porque pasados 3 años se eliminarán las bonificaciones para los autónomos. Además, convendrá que compruebes si te compensa porque los derechos o consideraciones, en cuanto a prestaciones por incapacidad o accidente, variarán. En consecuencia, es necesario tener un alto nivel de ingresos en ambos casos para que sea rentable. 

¿Hay alguna limitación legal para la pluriactividad?

Sí, en principio existe en algunos funcionarios o miembros de poderes del Estado (jueces). En este caso, será necesario que aporten una declaración de compatibilidad que justifique que no hay interferencia entre su ocupación y la pluriactividad. Solo si se aprueba en la Administración, podrá ejercerse.

¿Existen limitaciones de edad para la pluriactividad?

, porque en España hay una limitación de edad para ser trabajador por cuenta propia. Una persona no puede ser autónoma si no es mayor de edad, de manera que, para acogerte a la pluriactividad, es necesario tener un mínimo de 18 años

Conclusión

Ejercer como autónomo y trabajar en otra empresa es posible, sobre todo como solución provisional. No obstante, tiene una serie de especificidades muy importantes a conocer antes de lanzarte. ¿Necesitas alguna póliza de seguro especial por tu actividad? En Assa contamos con varias opciones para autónomos. ¡No dejes de consultar!

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