¿Qué significa estar al corriente de pago?

Empresarios y autónomos se relacionan a diferentes niveles tanto con la Administración Pública como con otros empresarios o profesionales, unas veces como proveedores (acreedores) y otras como deudores. A fin de que este tipo de relaciones se desarrollen con la máxima normalidad posible, es necesario estar al corriente de pago.

¿Qué es estar al corriente de pago?

Aunque es un documento que normalmente se pide a los profesionales o empresas, lo cierto es que cualquier ciudadano puede solicitarlo. Se trata de un certificado que acredita que el solicitante ha cumplido con todas sus obligaciones de pago tanto con la Seguridad Social como con la Agencia Tributaria u otra Administración.

Los datos que recoge se refieren únicamente a una persona concreta y hasta la fecha en la que se ha solicitado. Es decir, que alguien podría presentar un certificado de estar al corriente de pago en el que no consten deudas, pero estas podrían haber surgido posteriormente. De ahí la importancia de que la fecha del documento sea lo más cercana posible al momento de presentación del mismo.

¿Cuándo hace falta?

En algunos casos es la propia Administración la que te lo solicita. Por ejemplo, si quieres participar en una licitación pública para prestar un servicio a un Ayuntamiento. En este caso, uno de los requisitos para poder optar a ser contratado es demostrar que no tienes deudas pendientes con ninguna Administración.

Pero también te lo puede llegar a pedir un cliente, un proveedor, o un inversor, sencillamente con afán de saber si está ante una persona que sea solvente y que cumpla con sus obligaciones de pago.

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Otra opción es que solicites el documento a título informativo para ti, para ver si tienes algo pendiente. Esto es útil si, en algún momento, has tenido una deuda pendiente y ya la has abonado, porque te permite saber que a la Administración le consta que has cumplido con tu obligación.

¿Cómo se obtiene el certificado de estar al corriente de pago?

Aunque siempre tienes la opción de desplazarte a una de las oficinas de la Administración en cuestión, lo más práctico es hacer uso de la Sede Electrónica correspondiente, ya sea la de la Agencia Tributaria, la de la Seguridad Social, o la de la entidad de que se trate.

Vas a necesitar acreditar tu identidad de forma fehaciente, así que el trámite te resultará más sencillo si cuentas con certificado digital.

La tramitación puede variar ligeramente de una Administración a otra, pero es muy similar en todos los casos. Se te van a pedir una serie de datos personales a fin de poder comprobar tu información. Una vez aportada la información, el sistema hará su trabajo y buscará la información que le conste sobre ti.

Si no hay deudas pendientes, se te va a entregar el certificado en el momento. En caso de que las haya, la expedición podría demorarse uno o dos días.

Validez legal de este documento

El certificado de estar al corriente de pago es un documento de carácter oficial porque lo expide una Administración Pública, pero no tiene validez legal más allá de acreditar qué, hasta una determinada fecha, a la entidad pública no le constaba que tú tuvieras deudas con ella.

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No obstante, no conviene confiarse, porque algunas deudas tardan un tiempo en registrarse, así que podrían existir pero no estar recogidas en el documento.

Pongamos por ejemplo una persona que no ha presentado y pagado su declaración de IRPF. El plazo para hacerlo terminó ayer, pero, si pide hoy su certificado de estar al corriente de pago, lo más seguro es que esa deuda no conste todavía en el mismo, porque a la Administración no le ha dado tiempo a tramitarlo.

Por tanto, estamos ante un documento que puede ser muy útil, pero siempre debemos tener presente que el hecho de que no conste una deuda no significa realmente que esta no exista. Esto es especialmente importante cuando somos nosotros los que le pedimos a un tercero que nos presente su certificado antes de empezar a hacer negocios con él.

¿Qué ocurre con las deudas aplazadas o fraccionadas?

Los contribuyentes pueden solicitar a la Administración aplazamientos y fraccionamientos de sus impuestos, lo que les permitirá pagarlos más adelante, ya sea de una sola vez o en varios plazos. Pues bien, cuando una deuda está aplazadada o fraccionada, la misma no constará en el documento de estar al corriente de pago, salvo que el contribuyente hubiera incumplido el aplazamiento o se hubiera saltado alguno de los plazos de pago.

Para que la deuda aplazada o fraccionada no conste, es imprescindible que la Administración haya admitido el pago en un momento posterior. Si todavía no ha decidido sobre la solicitud del interesado, esa deuda sí constará como pendiente, aunque no se estén tomando medidas administrativas para su cobro en vía de apremio.

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El certificado de estar al corriente de pago es un documento que contiene información muy valiosa y que se obtiene de forma rápida y sencilla, así que es importante conocerlo y saber cómo obtenerlo. ¿Necesitas contar con la máxima seguridad en todos los ámbitos de tu vida? ¡Nos tienes a tu disposición para ayudarte!

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